Impuesto Sobre el Patrimonio en Madrid vs Impuesto Grandes Fortunas
- Innova Impuestos
- 6 feb 2024
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Actualizado: 9 abr 2024
La Comunidad de Madrid –seguida por Galicia y Andalucía– reactiva el Impuesto Sobre el Patrimonio para seguir luchando contra el Impuesto a las grandes Fortunas. Con las modificaciones que han introducido, los contribuyentes que tuvieran que pagar por el Impuesto a las Grandes Fortunas pagaran dicho impuesto mediante el Impuesto sobre el Patrimonio, quedando dicho dinero para la Comunidad y no para el Estado.
Sin embargo, estas modificaciones, traen una serie de complicaciones para el contribuyente a la hora de presentar los impuesto y que veremos a continuación.

Cabe destacar que la la reactivación del Impuesto sobre el Patrimonio en Madrid, junto con medidas similares en Galicia y Andalucía, proyecta un impacto sustancial en la recaudación estatal por grandes fortunas. Se estima que el estado únicamente recaudará 30 millones de euros frente a los 623 millones obtenidos en 2022, este cambio redefine el escenario fiscal para los contribuyentes madrileños, andaluces y gallegos.
REACCIÓN DE MADRID AL IMPUESTO SOBRE LAS GRANDES FORTUNAS
En medio de un panorama fiscal en constante evolución, la Comunidad de Madrid ha protagonizado una reacción estratégica ante la reciente implementación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Con el Tribunal Constitucional desestimando los recursos de inconstitucionalidad, la región se ha destacado por su respuesta proactiva.
La Asamblea de la Comunidad de Madrid ha tomado medidas significativas para mitigar los efectos de este impuesto temporal. En un movimiento sincronizado con el fallo del Tribunal Constitucional, el Grupo Parlamentario Popular aprobó el pasado 21 de diciembre de 2023 Ley 12/2023, de 15 de diciembre, por la que se modifica de forma temporal –mientras dure el Impuesto a las Grandes Fortunas– la bonificación del Impuesto sobre el Patrimonio.
Reactivación del Impuesto sobre el Patrimonio para mitigar los efectos del Impuesto a las Grandes Fortunas
Según esta nueva normativa, con efectos desde el 1 de enero de 2023 y mientras el ITSGF esté en vigor:
La bonificación general del Impuesto sobre el Patrimonio, que normalmente es del 100% de la cuota resultante después de aplicar las deducciones y bonificaciones estatales, no será aplicable.
En su lugar, se establece una bonificación autonómica. Esta bonificación se determina por la diferencia entre la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio, calculada aplicando el límite conjunto establecido en la Ley 19/1991, de 6 de junio (límite renta-patrimonio), y la cuota íntegra correspondiente al ITSGF, después de aplicar el límite conjunto establecido en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre (límite renta-patrimonio-ITSGF).
En resumen, esta nueva bonificación implica que los contribuyentes afectados por el ITSGF en el ejercicio 2024 tributarán efectivamente a través del Impuesto sobre el Patrimonio. Esto conllevará que la cuota a pagar en el ITSGF sea nula, es decir, el Impuesto a las Grandes Fortunas, se pagará a la Comunidad de Madrid, en vez de al Estado, en forma de Impuesto sobre el Patrimonio.
CAMBIOS DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO EN GALICIA Y ANDALUCIA EN RELACIÓN AL ITSGF
Siguiendo la senda de Ayuso, tanto Galicia como Andalucía han modificada las bonificaciones que tenían respecto del Impuesto Sobre el Patrimonio con el objetivo de contrarrestar la vigencia del Impuesto a las Grandes Fortunas, cada una con sus peculiaridades que veremos a continuación:
Cambios en Galicia
Han seguido los pasos de la Comunidad de Madrid al reactivar el Impuesto de Patrimonio con la aprobación el pasado 31 de diciembre de Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2023, y la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. La diferencia con Madrid es que, la región únicamente aplicará una bonificación del 50% en este impuesto, de forma que el pago del impuesto se repartirá a la mitad entre la Comunidad y el Estado. Esta medida se toma tras el respaldo del Tribunal Constitucional el 7 de noviembre a la tasa sobre grandes fortunas, considerando que no invade las competencias autonómicas.
Ademas, junto con ello, la Xunta ha aprobado:
Una bajada del tipo de gravamen aplicable al primer tramo de la escala el IRPF y corrección de la inflación en los tres primeros tramos de la escala y en los mínimos personal y familiar, con efectos desde el ejercicio 2022.
Mejora de los beneficios fiscales aplicables en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Cambios en Andalucía
De igual forma Andalucía ha modificado mediante su Ley 12/2023, de Presupuestos para 2024 la bonificación del 100% de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio con efectos temporales mientras este vigente el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).
Mediante dicha Ley de Presupuestos se modifica la bonificación autonómica del IP con la peculiaridad de que el contribuyente que se ve afectado por el ITSGF —con un patrimonio neto superior a 3,7 millones de euros y que deban, en principio, autoliquidar el ITSGF— , podrá optar entre:
Ingresar por el Impuesto del Patrimonio lo que le correspondería pagar por el Impuesto a las Grandes Fortunas, de forma que dicho dinero iría a la Comunidad de Andalucía, en vez de las arcas estatales.
Ingresar por el ITSGF en vez de por el Impuesto Sobre el Patrimonio, de forma que el pago de dicho impuesto irá a las arcas del estado en vez de a las de la Comunidad.

EL DESAFÍO DE LAS FECHAS EN LA PRESENTACIÓN DE LOS IMPUESTOS
Tras las modificaciones introducidas por Madrid, Galicia y Andalucía, se plantea una dificultad para el contribuyente en cuanto a la presentación de los impuestos. Esto se debe a que, la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio debe hacerse entre el 3 de abril y el 30 de junio, y por otra parte el Impuesto de las Grandes Fortunas debe presentarse entre el 1 y 31 de julio, lo que complica la tarea de determinar la cantidad que se debe abonar con cada impuesto.
Desde INNOVA planteamos dos soluciones a nuestros clientes que se ven afectados por este caos;
Calcular previamente el importe que se pagará en julio por el Impuesto a las Grandes Fortunas, para presentarlo en junio en el Impuesto sobre el Patrimonio.
O bien presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio a 0 con el objetivo de volverlo a presentar en julio cuando se conozca la cuota a pagar por el Impuesto a las Grandes Fortunas.
En cualquier caso, es esencial adelantarse a las fechas de presentación para optimizar la carga fiscal en la medida que se pueda y organizar la presentación de los impuestos para no tener problemas más adelante. Si quieres que te asesoremos en la gestión del Impuesto a las Grandes Fortunas o en el Impuesto sobre el Patrimonio, consúltanos de forma gratuita para que analicemos tu caso cuanto antes y puedas ahorrar desde este año en el pago de estos impuestos.
Si quieres aprender más sobre el Impuesto a las Grandes Fortunas y cómo optimizar su carga tributaria, puedes leer nuestra Guía para afrontar el Impuesto a las Grandes Fortunas en 2024.
MEDIDAS ADICIONALES SOBRE EL IRPF
Junto con la modificación de las bonificaciones en el Impuesto Sobre el Patrimonio, tanto; Madrid, Galicia y Andalucía, han introducido modificaciones sobre el IRPF con el objetivo de reducir la cuota de este impuesto.
Ajustes en la Escala Autonómica y Mínimos Personales
Las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía y Galicia han implementado ajustes adicionales significativos en la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para mitigar los efectos de los precios alcistas y en definitiva reducir las cuotas. Estos cambios impactan directamente en los contribuyentes, alterando los tramos impositivos y los mínimos personales aplicables. La modificación de la escala autonómica busca adecuar la tributación a las particularidades de cada región, influyendo en la carga fiscal de los ciudadanos.
Deducciones y Límites en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
En el marco del IRPF, se han introducido ajustes significativos en las deducciones y límites aplicables en Madrid, Andalucía y Galicia. Estos cambios buscan optimizar el tratamiento fiscal de los contribuyentes, incentivando ciertos comportamientos económicos y sociales. Las comunidades autónomas han buscado, a través de estas modificaciones, impulsar el desarrollo económico y la equidad tributaria.
CONCLUSIONES
En resumen, la reactivación del Impuesto sobre el Patrimonio en Madrid, seguida por Galicia y Andalucía, como respuesta al Impuesto a las Grandes Fortunas, redefine el escenario fiscal, desviando la carga impositiva hacia las comunidades autónomas.
Aunque estas medidas buscan preservar los ingresos para las regiones, presentan desafíos para los contribuyentes en la presentación de impuestos debido a los distintos plazos, por lo que destacamos la importancia de estar bien asesorado por un asesor fiscal y realizar una buena planificación fiscal para minimizar el impacto de los distintos impuestos.
Este cambio estratégico, además, proyecta un impacto significativo en la recaudación estatal por grandes fortunas, estimándose en apenas 30 millones frente a los 623 millones obtenidos en 2022. En este complejo contexto, la anticipación y la planificación se vuelven esenciales para enfrentar eficazmente las complicaciones y optimizar la carga fiscal.